Artículo_22
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El Artículo 22 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos delega en la Cooperación Internacional parte de la responsabilidad en la realización del conjunto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las personas. Los estados acordaron en 1970, en el marco de la Asamblea General de las Naciones Unidas, destinar el 0,7% de su renta a cumplir con esa responsabilidad. Sólo 2 estados cumplen actualmente este compromiso.
Les coses no són fàcils per ningú però per transformar és moment d'actuar. Col·labora amb Enginyeria Sense Fronteres http://22articulo.blogspot.com.es/ Blog de Cooperación Internacional y Desarrollo - Comentarios y opiniones en llunymanu@gmail.com -

diumenge, 3 de març del 2013

El naufragio de la cooperación descentralizada: Algunas lecciones estructurales ante la crisis

Artículo interesante de Carlos Gómez Gil sobre los cambios en la cooperación descentralizada. El autor pasa revista da los cambios y oportunidades que se plantean actualmente, poniendo sobre la mesa que el modelo español de cooperación descentralizada ha sido reconocido por instituciones y organismos internacionales.

Pero conviene no olvidar que más allá de la evaluación de sus aspectos puramente técnicos, la cooperación descentralizada es sobretodo una expresión democrática de ciudadanía. En este sentido el afán re centralizador, más allá de los recortes, forma parte de una merma democrática que busca reducir los espacios de participación de la ciudadanía convirtiendo los entes descentralizados (comunidades autónomas, ayuntamientos) en meras burocracias locales sin margen de maniobra. La defensa de la cooperación descentralizada equivale actualmente a una defensa de la democracia de base.

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